¿Cómo se pueden reclamar las calificaciones si no estás de acuerdo con ellas?
Conforme a lo establecido en el artículo 7 del Decreto 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos en los centros educativos de Castilla y León, todos los alumnos tienen derecho a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad.
Este derecho implica obtener aclaraciones del profesorado y, en su caso, efectuar reclamaciones respecto de las decisiones y calificaciones obtenidas en las evaluaciones trimestrales, finales del curso escolar o en las excepcionales, en los términos que reglamentariamente se establezca.
El procedimiento y los plazos para la presentación y la tramitación de las posibles reclamaciones a las calificaciones obtenidas en las evaluaciones finales del curso escolar o en las excepcionales, se establece en el artículo 19 de la ORDEN EDU/1575/2024, de 23 de diciembre, por la que se regula el proceso de evaluación del alumnado que curse enseñanzas de grados D y E del sistema de formación profesional en la Comunidad de Castilla y León.
La normativa establece la posibilidad de que el alumnado y, en caso de minoría de edad, sus progenitores o representantes legales, puedan reclamar por escrito ante la dirección del centro las calificaciones o decisiones de promoción o titulación. Este procedimiento también está regulado en el artículo 17 bis del Reglamento de Régimen Interior del CIFP Simón de Colonia.
Además, el artículo 20 de esa misma norma establece la posibilidad de elevar reclamación a la Dirección Provincial de Educación si tras reclamar en el centro persiste el desacuerdo sobre los resultados de calificación final, o sobre la decisión de promoción o titulación adoptada.
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